28/04/2020
Estimados afiliados:
Adjuntamos Orden ISM/371/2020, publicada en el BOE de hoy 28 de abril de 2020 y en vigor desde este mismo día por la que se desarrolla el artículo 34 del Real Decreto-ley 11/2020 del que informamos en nuestra circular 074, y que establece los criterios para que las empresas puedan acogerse a la moratoria en el pago de las cotizaciones sociales, en el marco de las medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
En la misma se incluyen, entre otras, los CNAEs de las actividades que se detallan del Sector Metal, como actividades económicas que podrán acogerse a la moratoria de 6 MESES, sin interés, en el pago de las aportaciones empresariales a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta cuyo periodo de devengo esté comprendido entre los meses de abril y junio de 2020, así como en el pago de las cuotas de los trabajadores por cuenta propia cuyo periodo de devengo esté comprendido entre los meses de mayo y julio de 2020.
• 4322 FONTANERÍA, INSTALACIONES DE SISTEMAS DE CALEFACCIÓN Y AIRE ACONDICIONADO.
• 2512 FABRICACIÓN CARPINTERÍA METÁLICA.