AYUDAS CUADRO RESUMEN ACTIVIDADES AHORRO Y EFICIENCIA/ RENOVABLES

 
    AYUDAS     AYUDAS PARA ACTUACIONES DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA   AYUDAS PARA INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES
BASES REGULADORAS DECRETO 188/2016 de 29 de Noviembre  DECRETO 110/2018 de 17 de Julio
CONVOCATORIA ORDEN de 18 de julio de 2018 ORDEN de 24 de julio de 2018
  LINEAS DE AYUDAS

 

Línea 1. Dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como a empresarios individuales, y a proveedores de servicios energéticos.

 

Línea 2. Dirigidas a municipios y entidades locales menores.

Línea 1. Ayudas para actuaciones en energías renovables dirigidas a personas físicas, respecto a las viviendas de su propiedad, ya sean de uso habitual o segunda vivienda, comunidades de propietarios.       

Línea 2. Ayudas para actuaciones en energías renovables dirigidas a municipios y entidades locales menores.   

Línea 3. Ayudas para actuaciones en energías renovables dirigidas a empresas privadas, así como proveedores de servicios energéticos.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

-AUDITORIAS ENERGETICAS INTEGRALES

-IMPLANTACION DE SISTEMA DE GESTION ENERGETICA BASADO EN LA ISO 50001

-INVERSIONES EN SUSTITUCION O MEJORA DE EQUIPOS

-SUSTITUCION O MEJORA DE EQUIPOS Y/O INSTALACIONES EXISTENTES DE PRODUCCION DE CALOR Y FRIO

-MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACION INTERIOR Y/O DE LOS EQUIPOS DE ELEVACION Y MANUTENCION DE LOS EDIFICIOS EXISTENTES

-MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACION EXTERIOR EXISTENTES

-INVERSIONES EN SUSTITUCION O MEJORA DE EQUIPO E INSTALACIONES CONSUMIDORES DE ENERGIA EN ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES

-ACTUACIONES DE REHABILITACION Y MEJORA DE LA ENVOLVENTE TERMICA DE LOS EDIFICIOS

-IMPLANTACION DE MEDIDAS DE CONTABILIZACION, MONITORIZACION Y TELEGESTION DEL CONSUMO DE ENERGIA

-INSTALACIONES DE COGENERACION DE ALTA EFICIENCIA PARA PRODUCCION DE ENERGIA ELECTRICA Y TERMICA

-INSTALACIONES DE ENERGIAS RENOVABLES:

      a)INSTALACIONES TERMICAS QUE   UTILICEN LA BIOMASA.

     b) INSTALACIONES SOLARES          TERMICAS DE BAJA TEMPERATURA.

     c) INSTALACIONES SOLARES FOTOVOLTAICAS Y MIXTAS FOTOVOLTAICA-EOLICA.

    d) INSTALACIONES ANAEROBIA PARA EL APROVECHAMIENTO ENERGETICO DE RESIDUOS BIODEGRADABLES.

     e) INSTALACIONES DE GEOTERMIA.

     f) INSTALACIONES DE AEROTERMIA E HIDROTERMIA.

-ACCIONES DE DIFUSION E INFORMACION DE LAS SOLUCIONES TECNOLOGICAS INNOVADORAS APLICADAS Y SUS RESULTADOS.

-Instalaciones para producción de energía térmica que utilicen la biomasa como combustible, así como la sustitución de quemadores de combustibles fósiles por quemadores de biomasa

-Instalaciones de aprovechamiento de la energía solar térmica de baja temperatura

-Instalaciones de producción de energía eléctrica mediante paneles solares fotovoltaicos en instalaciones aisladas con y sin acumulación, así como las contempladas en el artículo 9 “Autoconsumo de energía eléctrica” de la Ley 24/2013. En las instalaciones mixtas fotovoltaica-eólica la potencia del aerogenerador no podrá ser superior al 50 por ciento de la potencia total instalada

 (Las actuaciones en viviendas, destinadas a la adquisición de nuevas instalaciones solares fotovoltaicas y mixtas eólicas-fotovoltaicas, estarán limitadas a una potencia en instalación fotovoltaica igual o inferior a 5 kWp)

 -Instalaciones de biogás para producción de energía térmica y/o eléctrica, tanto en instalaciones aisladas como las contempladas en el artículo 9 “Autoconsumo de energía eléctrica” de la Ley 24/2013

-Instalaciones solares térmicas de concentración de media temperatura para aplicaciones industriales

-Instalaciones de geotermia -Instalaciones de aerotermia e hidrotermia mediante bombas de calor de alta eficiencia.  
  CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN   Del 40% de la inversión realizada, con un máximo subvencionable de 200.000 euros por el conjunto de actuaciones subvencionables y por beneficiario.     Del 40% de la inversión realizada, para los beneficiarios de las líneas 1 y 3, mientras que para los de la línea 2 pueden llegar hasta el 80% de la inversión realizada.
    PLAZO DE LAS SOLICITUDES       12 meses desde el día siguiente al de su publicación en el DOE   12 meses desde el día siguiente al de su publicación en el DOE
Como complemento a estas ayudas, ASPREMETAL ha negociado con la entidad bancaria Banco CaixaGeral, la posibilidad de anticipar el importe de las ayudas una vez concedidas a vuestros clientes, en las siguientes condiciones:

OFERTA PRÉSTAMO CAIXAGERAL

        PRÉSTAMO FINANCIACIÓN PROYECTO       PRÉSTAMO ANTICIPO SUBVENIÓN  
  IMPORTE IMPORTE   Hasta el 100%  del proyecto (excluido IVA)   Hasta el 100% de la subvención
  PLAZO PLAZO   Hasta 5 años   Hasta 3 años
  TIPO DE INTERÉS     Eur12 + 2,50%   Eur12 + 2,50%
  COMISIÓN APERTURA     0,50%   0,50%
  AMORTIZACIONES     Mensuales   Al vencimiento/ recepción de la subvención
        A la recepción de la subvención de la Junta de Extremadura, se cancelará anticipadamente por importe de la misma       Liquidación de intereses  Trimestrales  
Cesión de los derechos de cobro de la Subvención a favor de BCG   Cesión de los derechos de cobro de la Subvención a favor de BCG  
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